Calculadora de boleta de honorarios
Calcula el monto bruto, líquido y retención de tu boleta. Tasa 2026: 15,25%.
Fórmula: $1.000.000 ÷ 0.8475 = $1.179.941
Debes facturar
$1.179.941
¿A dónde va tu retención?
Base imponible (80% del bruto): $943.953
| AFP (pensión) | 10.44% | $98.549 |
| Fonasa (salud) | 7.00% | $66.077 |
| SIS (invalidez y sobrevivencia) | 1.53% | $14.442 |
| ATEP (accidentes del trabajo) | 0.93% | $8.779 |
| SANNA (cuidado hijo grave) | 0.30% | $2.832 |
Estimación referencial. Montos reales varían según AFP, plan de salud y topes.
Retención por año (Ley 21.133)
2024
13.75%
2025
14.50%
2026
15.25%
Vigente2027
16.00%
2028
17.00%
¿Cómo funciona la retención?
Cuando emites una boleta de honorarios a una empresa, esta retiene un porcentaje del monto bruto antes de pagarte. Esa retención financia tus cotizaciones previsionales: pensión (AFP), salud (Fonasa o Isapre), seguro de accidentes laborales (ATEP), seguro de invalidez (SIS) y SANNA.
Desde 2020, la Ley 21.133 estableció un aumento gradual que partió en 10,75% y llegará al 17% en 2028. En 2026 la tasa es 15.25%.
¿Qué pasa en la Operación Renta?
En abril de cada año, el SII calcula tus cotizaciones reales y las compara con lo retenido. Si la retención fue mayor, recibes devolución. Si fue menor, debes pagar la diferencia. La renta imponible es el 80% del total bruto de tus boletas del año.
Boleta a persona natural vs empresa
La retención solo aplica cuando el receptor es una empresa. Si emites boleta a una persona natural, no hay retención — debes provisionar las cotizaciones por tu cuenta.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la retención en 2026?
15,25% del monto bruto de la boleta. Esta tasa sube cada año por la Ley 21.133 hasta llegar a 17% en 2028.
¿Cómo calculo cuánto facturar si quiero recibir un monto específico?
Divide el monto líquido por 0.8475. Ejemplo: $1.000.000 ÷ 0.8475 = $1.179.941 brutos.
¿La retención reemplaza las cotizaciones?
Parcialmente. La retención se usa para pagar cotizaciones en la Operación Renta. Si no alcanza, pagas la diferencia. Si sobra, te devuelven.
¿Qué pasa si emito boleta a una persona natural?
No hay retención automática. Debes provisionar las cotizaciones y pagarlas en la Operación Renta.
¿Estoy obligado a emitir boleta de honorarios?
Sí, si prestas servicios profesionales independientes (segunda categoría) y recibes ingresos por ello. La boleta debe emitirse electrónicamente en el portal del SII.
¿Necesitas consultar boletas de honorarios por API?
Consulta BHE emitidas y recibidas del SII en formato JSON.